carnet de carretillero

En España, la utilización de equipos de trabajo automotores no tiene una regulación específica. Es decir, no existe un carnet de conducir semejante a otros vehículos como coches o camiones al que podríamos llamar carnet de carretillero.

El carnet de conducir que emite la Dirección General de Tráfico es uno de los requisitos para circular por la vía pública con vehículos a motor, pero las máquinas que nos ocupan trabajan habitualmente en espacios privados, por lo que no les afecta la Ley General de Tráfico.

Ahora mismo sólo existen dos equipos de trabajo automotores en los que sea necesario un carnet de conducir expedido por el Ministerio de Industria, a saber, la grúa torre de construcción y la grúa móvil auto propulsada.

El resto de los equipos, carretillas de manutención de todos los tipos, maquinaria de obras públicas, puentes grúa, plataformas elevadoras móviles de personal, maquinaria de manutención portuaria, góndolas de limpieza de fachadas de edificios, barredoras y fregadoras, etc. no están afectadas por ningún carnet de conducir.

Sin embargo, para que los trabajadores puedan utilizarlas en sus puestos laborales se ha de cumplir un requisito imprescindible que afecta a las empresas.

El artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95 establece la obligación para la empresa de proporcionar a sus trabajadores formación teórica y práctica suficiente y adecuada en su equipo de trabajo.

Por otro lado el Anexo II, punto 2.1 del Real Decreto 1215/97 de Disposiciones mínimas de seguridad y salud por los trabajadores de los equipos de trabajo, establece claramente que el uso de los equipos de trabajo automotores estará reservado a los trabajadores que hayan recibido una formación específica para la conducción segura de esos equipos.

En consecuencia no existe un Carnet de carretilleroCarnet de carretillero como el que tenemos de conducir coches, pero sí la obligación de recibir por parte de la empresa, o de adquirir de forma particular, una formación teórica y práctica, de la que se mida el aprovechamiento y que quede perfectamente documentada.

Todo este proceso permite que Iftem emita un certificado de aptitud, un certificado de aprovechamiento o diploma y un dosier con exámenes originales e informe del formador que, en definitiva, certifica la aptitud del operador y que es válido para todas las grandes empresas del país.

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